domingo, 13 de junio de 2010



INICIATIVA CIUDADANA

Los suscritos

 Manifestamos:

 

-En el Diario La Industria de Trujillo, de fecha 10 de abril de 2010, hemos tomado conocimiento que la Beneficencia Pública de Trujillo, mediante su Presidencia, está preparando un proyecto para demoler los cuarteles que tengan una antigüedad de 100 años,  en el cementerio  general de Miraflores. 

-Pensamos que dicho proyecto no debe prosperar por ser atentatorio a la protección de los valores del patrimonio cultural de la Nación, debido a que el Cementerio Antiguo de Miraflores tiene condición de Monumento Histórico al haber sido declarado por Resolución Suprema Nº 505-74-ED del 15 de octubre de 1974; por lo tanto, se encuentra protegido por la normatividad nacional vigente que declara el derecho imprescriptible de la Nación sobre los bienes patrimoniales y establece de interés social y necesidad pública su conservación, protección y restauración, así como la responsabilidad de su cumplimiento por toda la ciudadanía, sus propietarios, las autoridades y las entidades públicas y privadas del país.

-El Perú tiene un compromiso con la comunidad internacional por la protección del legado cultural del país al haber suscrito la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial – (UNESCO 1972) de alcance a todo el patrimonio cultural del territorio nacional.

-Asimismo, porque existe una razón de carácter ético y moral, de respeto a los derechos de los fallecidos pues sus nichos fueron adquiridos a perpetuidad con la finalidad de que se les recuerde y honre por siempre. Sus deudos (hijos, nietos, bisnietos, tataranietos y demás) tienen el derecho de recordarlos y visitarlos, manifestando el respeto, estímulo y agradecimiento que sus antecesores les merecen.

-Igualmente, porque en el Cementerio Antiguo de Miraflores reposan los restos de ilustres trujillanos (héroes civiles y prohombres) que aportaron a la construcción de la historia nacional y al desarrollo de Trujillo y del país, mereciendo un absoluto respeto de la ciudadanía peruana en general.

 

-Sostenemos que es inadmisible el argumento que señala que la capacidad del cementerio se ha colmado y ello obliga a desalojar a los ocupantes de los nichos antiguos para que sean ocupados por nuevos fallecidos.

Concluimos:

 

-Los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación son intangibles, inalienables e imprescriptibles y están protegidos por la Constitución Política del Perú y por la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Nº 28296. Su deterioro o destrucción parcial o total es sancionado por el Código Penal y la Ley predicha.

-El Cementerio Antiguo de Miraflores es un bien perteneciente al patrimonio cultural de la Nación, debido a sus valores históricos, culturales y sociales. Constituye un elemento significativo en la historia de la ciudad de Trujillo y por tanto, representa un bien común, cuyo derecho imprescriptible lo ejerce la ciudadanía.

-La destrucción del Cementerio Antiguo de Miraflores, o parte de él, es irreversible y significa la pérdida de una significativa parte de la historia local y nacional, y por añadidura, un empobrecimiento cultural del país.

-La perpetuidad connota inamovilidad para siempre. Si el deudo pagó derechos de perpetuidad por el nicho del fallecido, le asiste el legítimo derecho de respeto por esta perpetuidad y una obligación de la entidad encargada de su mantenimiento, el  darle cumplimiento.

-Históricamente, no solo son importantes los que tienen mausoleos que pertenecen a los que han descollado en alguna actividad. Hay también muchos nichos sencillos o modestos donde reposan gentes humildes que hicieron obra cultural y de bien social, y que por lo tanto también forman parte de la historia de la ciudad, siendo responsabilidad social conservarlos.

-El proceder como pretende la Beneficencia Pública de Trujillo es atentatorio a la normatividad vigente de protección del patrimonio cultural de la Nación, y ocasionaría innumerables procesos judiciales que deben evitarse.

Por las consideraciones anotadas sugerimos:

 

-Conservar y proteger integralmente el Cementerio Antiguo de Miraflores, declarado Monumento por Resolución Suprema Nº 505-74-ED del 15 de octubre de 1974 y conformante del patrimonio cultural de la Nación (Ley General Nº 28296), y hacerlo de conocimiento de la comunidad trujillana.

-Conservar y restaurar el Cementerio Antiguo de Miraflores, ( de acuerdo a propuesta técnicas, que ya existen), mejorando su ornamentación y la recuperación de aéreas verdes suficientes y necesarias, de las que debe estar dotado.

-Dotar al Cementerio Antiguo de Miraflores de una seguridad eficiente y eficaz que garantice la conservación y protección de sus valores sociales, históricos y artísticos y se evite su destrucción paulatina, tal como viene ocurriendo.

-Construir un nuevo cementerio público en un lugar apropiado, que reúna  condiciones de modernidad, seguridad, circulación y dimensiones acorde a la población y su crecimiento, y a los requerimientos contemporáneos.

                                                                                   Trujillo, 20 de mayo de 2010

Distribución:

Presidencia del Gobierno Regional de La Libertad

Alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo

Presidencia de la Beneficencia Pública de Trujillo

Dirección Regional La Libertad INC

Dirección Regional de Salud

Defensoría del Pueblo

Medios de Comunicación

 




                                              



Carta Internacional de Morelia

CARTA


INTERNACIONAL DE MORELIA
RELATIVA A CEMENTERIOS PATRIMONIALES Y ARTE FUNERARIO
Morelia, Michoacán a 2 de noviembre de 2005


INTRODUCCIÓN

Los asistentes al VI Encuentro Iberoamericano y Primer Congreso Internacional de Valoración y Gestión de Cementerios Patrimoniales y Arte Funerario auspiciado por la Universidad Autónoma Metropolitana,Unidad Xochimilco y la Red Iberoamericana de Valoración y Gestión de Cementerios Patrimoniales, reunidos del 27 de octubre al 2 de noviembre de 2005 en los Centros Históricos de las ciudades de México y Morelia, ambos Patrimonio Cultural de la Humanidad,
proponen a todos los interesados en el conocimiento, difusión, valoración, preservación y apropiación social del patrimonio cultural material e inmaterial, especialmente el relativo a sitios, monumentos, conjuntos y elementos de carácter funerario y los usos, costumbres y manifestaciones culturales a ellos asociados, la presente CARTA INTERNACIONAL DE MORELIA, Relativa a Cementerios Patrimoniales y Arte Funerario, con la que manifiestan un consenso de las reflexiones que generó la creación en el año 2000 de la Cátedra UNESCO
“Gestión Integral del Patrimonio” (Universidad Nacional de Colombia, Manizales) y los otros cinco encuentros anteriores a éste celebrados en Medellín, Colombia (2000), Barquisimeto, Venezuela (2001), Cuenca y Quito, Ecuador (2002), Lima y Cajamarca, Perú (2003) y Sucre, Bolivia (2004).

DEFINICIONES Y OBJETIVOS


Los sitios, monumentos, conjuntos y elementos funerarios constituyen un caso particular, poco valorado y menos atendido, del patrimonio cultural material, acompañado a su vez por usos, costumbres, ritos, conductas y manifestaciones de cada cultura en torno a la inevitabilidad de la muerte y la disposición de los restos humanos, lo que constituye un patrimonio cultural inmaterial de igual importancia y una de las manifestaciones de la diversidad cultural que han
acompañado al género humano desde tiempos muy remotos y seguirán acompañándolo hasta su extinción.


En ese contexto, la presente Carta se refiere no sólo al patrimonio actual formado por arquitectura, objetos artísticos y costumbres funerarias, sino a toda la variedad de manifestaciones de ese tipo en distintas épocas y distintas culturas, y tiene por objeto refirmar el derecho a la cultura en estos espacios funerarios y la conveniencia de combinar la preservación de su autenticidad con la gestión en el presente y el futuro. Con ese propósito, se formulan algunos principios y criterios aplicables a su conocimiento, valoración y protección en el
ámbito internacional.


Los firmantes de la Carta reconocen la vigencia y validez de los principios y las recomendaciones propuestos por la UNESCO, el ICOMOS (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios) y otros organismos internacionales y multilaterales, en documentos tales como la Carta de Venecia (ICOMOS, 1964), la Recomendación
relativa a la salvaguardia de los conjuntos históricos y su función en la vida contemporánea (UNESCO, Nairobi, 1970), la Recomendación sobre la Protección de Bienes Culturales Muebles (UNESCO, París, 1978), la Carta de Florencia sobre Jardines Históricos (ICOMOS, 1980) y la Carta de México sobre Políticas Culturales (UNESCO, 1982), la Declaración Universal Sobre Diversidad Cultural (UNESCO, 2001) y la Convención del Patrimonio Inmaterial (UNESCO, 2003), pero expresan al mismo tiempo el deseo de lograr principios similares para el campo específico de los sitios, monumentos, conjuntos, elementos, usos y costumbres funerarias.


TIPOLOGÍAS E IDENTIFICACIÓN.

Los sitios, monumentos, conjuntos, elementos, usos y costumbres funerarios integran una gama amplia de tipos y manifestaciones de patrimonio material e inmaterial:
1) Los sitios, porque forman paisajes y equipamientos urbanos donde la arquitectura y el arte funerario constituyen conjuntos, necrópolis, cementerios y otras manifestaciones similares, en ubicaciones con mayor o menor significado y
valor urbanístico respecto al territorio donde se encuentran.
2) Los monumentos, conjuntos y elementos arquitectónicos (abiertos, cubiertos o subterráneos, públicos o privados), la vegetación asociada y los objetos culturales y artísticos allí ubicados, porque forman géneros y tipos reconocibles según
las culturas y las épocas en que fueron concebidos, materializados y utilizados al llevar incorporados mensajes, imágenes, signos y símbolos de identidad y otros atributos estrechamente ligados a los valores de las sociedades que los crearon y porque alcanzan dimensiones rituales, estéticas o expresivas verdaderamente notables.
3) Los usos y costumbres funerarias, especialmente aquellas que mejor caracterizan la actitud de cada cultura, época o creencia ante la inevitabilidad de la muerte, porque ellas acompañan y hacen uso del patrimonio cultural material y porque cada una da distinto testimonio de la riqueza cultural y espiritual de los pueblos, así como del derecho a la cultura y su diversidad que prevalecen en distintas regiones del mundo.

PROBLEMAS


Los principales obstáculos para la adecuada preservación y uso social del patrimonio cultural funerario provienen de:
1) Las oposiciones entre la memoria y el olvido, la vitalidad y permanencia de las culturas funerarias frente al cambio y/o el demérito de los valores culturales relacionados con la muerte.
2) Deterioros debido al transcurso inexorable del tiempo y la falta de mantenimiento de los monumentos, conjuntos, elementos funerarios, objetos culturales y artísticos.
3) Problemas de insuficiencia de espacio, dotación o capacidad de los cementerios y equipamientos funerarios frente al crecimiento demográfico acelerado.
4) Cambio de posición de los equipamientos funerarios respecto a los márgenes de la ciudad como resultado de la expansión urbana.
5) Cambios graduales en los usos, costumbres y la normatividad relativas a lo funerario.
6) Alteraciones o daños al patrimonio natural asociado a estos sitios.
7 Problemas derivados de las insuficiencias en los instrumentos de normatividad, gestión, salvaguarda y financiación.
8) Deterioros y daños súbitos a sitios, monumentos, conjuntos y elementos funerarios por desastres de origen natural (sismos, inundaciones, entre otros) o provocados por la acción humana o institucional (conflictos regionales, nacionales e internacionales).

MEDIDAS E INSTRUMENTOS

Para contrarrestar los procesos de deterioro y destrucción del patrimonio funerario, se requiere, cuando menos:
1) Formular estrategias que permitan elaborar y desarrollar instrumentos interdisciplinarios de identificación, ubicación y catalogación crítica de sitios, monumentos, conjuntos, elementos, objetos culturales y artísticos, vegetación, usos y costumbres funerarios existentes, asegurando la participación plena de los actores sociales involucrados.
2) Registrar y evaluar las formas y procedimientos de intervención en el patrimonio funerario material e inmaterial.
3) Conocer, apoyar y estimular la continuidad y evolución gradual de los usos y costumbres funerarias y sus tradiciones.
4) Fomentar el buen uso de los espacios y sitios funerarios, particularmente cuando éstos se incorporen a rutas culturales o programas de desarrollo turístico.
5) Actualizar y reformar si es necesario el marco legal, normativo y de gestión propicio para la preservación del patrimonio funerario material e inmaterial.
6) Generar instrumentos de manejo y gestión que aseguren la sostenibilidad económica y social de estos lugares.

INVESTIGACIÓN, FORMACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Al mismo tiempo, los firmantes de esta carta apoyan expresamente:
1) La divulgación de este documento y de otros afines relativos a la preservación y difusión del patrimonio funerario.
2) La inserción de contenidos sobre estos temas en los sistemas formales e informales de educación: currícula de estudios en diversos niveles, “cátedras UNESCO” en la materia, reuniones de expertos o grupos de la sociedad civil, eventos museológicos y turismo cultural.
3) La apertura de un campo de investigación específico en la materia, suficientemente provisto de recursos, que permita la formación y mantenimiento de redes de interesados, bases de datos y otras herramientas de consulta.
4) Propiciar mecanismos de cooperación cultural internacional para proteger el patrimonio funerario a través del intercambio de experiencias de los países adherentes, exhortando al Centro del Patrimonio Mundial de la UNESCO
a la creación de una instancia especializada en la preservación del patrimonio funerario.

Comité Científico


*Dra. Catalina Velásquez Parra
Presidenta de la Red Iberoamericana de Valoración y Gestión de Cementerios Patrimoniales
Mtro. Carlos Alberto Mercado Limones
Secretario Académico de la División de Ciencias y Artes para el Diseño de la Universidad Autónoma  Metropolitana Unidad Xochimilco

Dr. Agustí Colomines
Director UNESCO Cataluña

Dr. Omar José Muñoz Ramírez
Secretario Adjunto del Convenio Andrés Bello

Mtro. Fabio Rincón Cardona
Titular de la Cátedra UNESCO en Gestión Integral del Patrimonio de la Universidad Nacional de Colombia en Manizales

Mtro. Luis Repetto Málaga
Coordinador General de la red Iberoamericana de Valoración y Gestión de Cementerios Patrimoniales

Mtra. Elizabeth Torres
Directora del Museo Nacional de Etnografía y Folklore de la Fundación del Banco Central de Bolivia

Dr. Alberto González Pozo
Proyectista de la Carta Internacional de Morelia y profesor investigador de la División de Ciencias y Artes para el Diseño de la Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Xochmilco




¿ Sin parientes en el cementerio?

  

Por: Ana María Antonieta Ganoza Vega

             ¡ No puede ser que la historia se repita ¡ ¡ No puede ser que la señora Pilco, presidenta de la Beneficencia, sin parientes en el cementerio, pretenda, lo mismo que su antecesor Rodríguez Vásquez en 1996,  acabar con la sobrepoblación del Cementerio de Miraflores  profanando tumbas.

            Me cuesta creer que la ex secretaria del Partido Aprista haya pasado por alto que con el mismo criterio, en unos años más, otra autoridad podría retirar la piedra de la tumba de  Haya de la Torre para vender el área por  metro cuadrado.

            No es posible que en Trujillo vivamos a la defensiva  de  gobernantes  que debieran protegernos.  

            Nos queda claro que el cementerio de Miraflores ya no tiene capacidad para continuar recibiendo los restos sagrados de  familiares nuestros, entonces, señores de la Beneficencia, con un mínimo de sensibilidad, busquen un área lo suficientemente grande como para diseñar otro cementerio con abundancia de áreas verdes para recrear el especio donde los vivos van a llorar a sus muertos. No insistan en solucionar el problema de Miraflores dando de baja a los muertos con más de 100 años en nichos  perpetuos.

El inciso 1 y 3 del artículo 318 del Código Penal, tipifica como un delito ultrajar la memoria de los muertos. De acuerdo a este dispositivo, quien viole la ley profanando tumbas, será castigado con pena privativa de la libertad por un tiempo no menor de dos años. Y constituye doble delito intentar aplicar esta infame medida en los nichos perpetuos que constituyen propiedad privada.  Unicamente los descendientes de quienes adquirieron el sepulcro, de buena fe, pueden autorizar la exhumación de un cadáver. Por fortuna, el argumento legal es claro y consistente, de otro modo sería difícil evitar que semejante atrocidad prospere. A mi juicio, ni siquiera haría falta leyes que protejan a los muertos, son las leyes del corazón las que debieran imponerse.

Y los trujillanos, consternados, ante el vil plan de la Presidenta de la Beneficencia, le decimos no a la señora Pilco. Su propuesta atenta contra los más sagrados valores de la cultura universal.

            Nuestra identidad está directamente relacionada con nuestros antepasados que hoy descansan en el campo santo. Los cementerios son la memoria de los pueblos. Un solo muerto es todo un libro lleno de misterios. Futuras generaciones podrían buscar datos de  Trujillo en el año 2010 y en los diarios encontrarían la aberrante historia de la profanación de tumbas por orden explícita del gobierno. Y la señora Pilco sería recordada como la  responsable de un acto imperdonable que sumado a la violencia de las calles, nos está llevando de regreso a la barbarie.

            La modernidad mantiene la intangibilidad de las áreas arqueológicas para preservar las evidencias del pasado, vitales en la reconstrucción del alma nacional. En la actualidad, los cementerios mochicas son intocables mientras que los cementerios cristianos están expuestos a ser alevosamente profanados. Es que los viejos cadáveres limitan y fastidian el negocio del campo santo, dice la Beneficencia y por dinero  todo vale.

            No, pues. No permitamos que una autoridad efímera se crea con derecho a proponer semejante indecencia. Nadie puede atentar impunemente contra los sentimientos y la dignidad de los vivos que con flores  recuerdan a sus muertos.

            Los trujillanos tenemos que gritar alto. El inhumano y mezquino proyecto de exhumar  cadáveres, debe archivarse para siempre.  No es posible que alguien, sin parientes en el cementerio, pretenda acabar con la paz de los muertos hiriendo inmisericordemente la sensibilidad de los vivos.  







 




 

Visite el Blog de la Red Iberoamericana de Cementerios Patrimoniales

Visite el Blog de la Red Cementerios Patrimoniales de Chile


Visite el Blog del X Encuentro Iberoamericano de Gestión y Valoración de Cementerios Patrimoniales 

Visite el Blog de Patrimonio Industrial en el Perú

 

Visite el Blog del Comité Peruano del Consejo Internacional de Museos

 






.


Comentarios